En el entendido de que el área de Participación Comunitaria se encuentra acéfala en el municipio de Vallejuelo (sin técnico enlace), y a sabiendas del estilo de trabajo que han asumido la mayoría de directores de esa zona (reporte tardío) lo cual se lo atribuyo a las múltiples exigencias hechas hacia ellos de parte del equipo técnico docente del Distrito Educativo 02-05 San Juan Este, por ende desde la citada área laboral, decidimos trasladarnos a esa comunidad, con la finalidad de motivar a los directores de centros de esa zona, para que a más tardar una semana propicien la conformación de los órganos de Participación en lo que se dan cita los Padres y las Madres en sus respectivas jurisdicciones.
Aunque la Ordenanza 09-2000 Modificada orienta sobre la conformación de los Comités de Curso de Padres y Madres (CCPM) durante todo el mes de Septiembre, y posterior a ello, teniéndolo como asamblea a éstos para la selección de los miembros directivos de las APMAEs durante todo el mes de Octubre, resulta preocupantes que ya para la fecha sólo se tenga evidencias de que algunos centros tales como:
- Anacaona
- Capulín
- Y Cañafistol
Sean los únicos en cumplir con esa responsabilidad.
No quiero que mis amigos de esa zona se mes alarmen, pero, hay que preguntarse: ¿Cómo es que una escuela lleva dos meses trabajando, obviando a los responsables en aportar la materia prima (Alumnos) a esos centros que son los Padres y las Madres?
Es a través de la conformación de esos organismos, donde el equipo de gestión de cada centro socializa con la comunidad de Padres, lo que esa escuela tiene programado a implementar durante todo un año escolar, y es en ese mismo escenario donde los maestros encargados de curso, les hacen saber a los Padres lo que la escuela espera de ellos.
De No ser así, entonces la escuela funcionaría como un simple local, donde los estudiantes irían a pasar un tiempo, o en su defecto cuando No se les hace ver a los Padres que ellos deben asumir una cuota de responsabilidad para con sus propios hijos, de nada serviría que el artículo 185 de la Ley General de Educación 66-97 le exija a los directores de escuelas conformar una directiva de Padres para que vaya en apoyo de una gestión escolar a la que ellos quizás desconozcan.
Los Órganos citado tienen sus funciones, los directores de centros la conocen, la escuela de ninguna manera se puede dar el lujo de hacer caso omiso a ese mandato legalmente constituido, porque de ser así, Nos convertimos en infractores, también, estaríamos contribuyendo con la apatía de parte de los Padres, estamos más que convencidos, de que los directores de centros educativos No desean que su escuela funcione como una especie de Orfanato, un lugar donde acuden NNA con Padres vivos físicamente, pero muertos literalmente (Sin presencia alguna)
Esperamos que la semana entrante, tal como lo expresaron ante una acta compromiso rubricadas con su puño y letras, ésos organismos estén conformados, No sólo por cumplir con un requisito depositando al distrito educativo las actas que recibieron en el dia de hoy, sino motivados por la buena fe de que sin los Padres, y las Madres, la escuela No puede sola!
Observación: Agradecer las atenciones dadas por José Milquíades Peña, director y anfitrión de la Escuela Anacaona, la colaboración de Santa Montero técnico enlace de la zona, el exquisito recibimiento en la escuela Enerio Mateo Mesa de parte de Ironelis Mateo, y el apoyo decidido de mis compañeros de labores Domingo Soto, Margarita Rodríguez, y la fina compañía de Jaquelinne Domínguez de Descentralización.
Panorámicas




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